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Sexenios de investigación: reciente resolución, próxima convocatoria

3 de Diciembre de 2010 a las 13:46 h

Ante la próxima convocatoria anual para la solicitud de reconocimiento de tramos de investigación o sexenios, la Biblioteca organizó el pasado 10 de noviembre un taller dirigido a investigadores y orientado a mostrar cómo obtener los indicios de calidad de las aportaciones. Hoy hablamos con el Profesor Gonzalo Martos Martínez.

PLAZO DE PRESENTACIÓN abierto del 4 al 31 de diciembre.

 

Durante 10 años ha asesorado simultáneamente a la Secretaría de Estado de Universidades y a la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI). Actualmente es Profesor Asociado de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de la UCM y socio de un despacho de abogados especializado en Derecho de la Función Pública. 

 

En enero de 2009 publicó en el nº 766 de la revista Actualidad Jurídica Aranzadi un artículo titulado "La doctrina de los tribunales sobre el procedimiento de la evaluación de la actividad investigadora"

 

En su artículo comenta que el curriculum vitae abreviado es un documento clave. ¿Qué apartado es el más importante?

 

Debe dedicarse mucha atención a la redacción de los indicios de calidad de las aportaciones seleccionadas en el currículum vitae abreviado. El proceso está orientado a evaluar la actividad investigadora exclusivamente a través de indicadores secundarios de calidad, es decir, no se analizan directamente los trabajos sino los indicios que se aportan sobre la calidad de los mismos. Los Comités Asesores realizan su tarea utilizando los datos que les proporcionan los propios profesores. Si la información que se aporta al expediente es incompleta o improcedente, lógicamente repercutirá en el resultado de la evaluación.

 

También comenta en su artículo el elevado número de evaluaciones negativas que se producen algunas de las cuales terminan en la vía judicial. Realiza una clasificación de las sentencias que han tenido un mayor impacto, ¿podía hacernos un resumen?

 

Hasta la fecha se han interpuesto más de 3.000 recursos contenciosos-administrativos contra las resoluciones de la CNEAI. Es una cifra importante que da una idea de lo que hay en juego. Yo he seleccionado 7 sentencias estimatorias que por un motivo u otro han tenido gran impacto. Algunas de esas sentencias han reconocido a todos los efectos un sexenio de investigación. Otras simplemente han estimado en parte el recurso. Estas estimaciones parciales no deben subestimarse, ya que en ejecución de sentencia la CNEAI ha evaluado positivamente algunos tramos de investigación. Si tuviera que elegir una, para mi la sentencia más importante es la dictada el 9 de noviembre de 2000 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que reconoce efectos económicos de 1 de enero de 1990 a un tramo de evaluación única solicitado en diciembre de 1994. Su importancia radica en el hecho de que la doctrina expuesta es extensible a todos aquellos profesores a los que les ha sido evaluado positivamente uno o más sexenios de evaluación única en cualquiera de las convocatorias posteriores a la realizada en 1989. Sin embargo, a pesar de su importancia, resulta sorprendente la escasa -por no decir nula- divulgación que ha tenido la misma.

 

¿Cómo debe plantearse un recurso ante la CNEAI?

 

Como sabes, no es lo mismo un recurso administrativo que un recurso contencioso-administrativo. En vía administrativa es conveniente centrarse en las cuestiones de fondo, las alegaciones sobre cuestiones formales no aportan nada. Sin embargo, en vía judicial las cosas cambian. Como explico en mi artículo el margen para impugnar las resoluciones de la CNEAI es muy extenso.

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