Director de la Biblioteca

 

 Antonio Moreno Cañizares

 Tel. 913947852

 dirbuc@ucm.es

 

Secretaria de Dirección

 Gemma Galán Cano

 Tel. 913947985

 scbuc@ucm.es

 


Localización y contacto

Universidad Complutense de Madrid. Biblioteca.  Servicios Centrales

 Edificio Federico de Castro y Bravo |  Profesor Aranguren s/n. |  Ciudad Universitaria 28040 Madrid. España.

 http://biblioteca.ucm.es

 


Funciones

Art.-32.-Son funciones del Director de la Biblioteca:

  1. Representar a la BUC ante las autoridades y órganos de la Universidad y cualesquiera otras instituciones públicas o privadas por delegación del Rector.

  2. Proponer al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Biblioteca de la Universidad, el plan de actuación de la Biblioteca y ejecutar la política bibliotecaria general de la UCM.

  3. Coordinar las bibliotecas de los centros y dirigir los servicios centrales de la Biblioteca.

  4. Cumplir el Reglamento y velar por su cumplimiento.

  5. Proponer la creación, supresión o transformación de bibliotecas de centro, tal y como figura en el art. 8 del Reglamento de la BUC.

  6. Ejercer la dirección técnica del personal adscrito a la Biblioteca.

  7. Recoger, analizar y resolver las propuestas, sugerencias y reclamaciones de los usuarios y de los centros.

  8. Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual y controlar la ejecución de los usuarios y de los centros.

  9. Elaborar la memoria anual y las estadísticas de la Biblioteca.

  10. Cualquier otra función que le sea atribuida por el Rector o el Vicerrector en quien delegue o por la Comisión de Biblioteca de la Universidad.


Reglamento de la Biblioteca

Cap. III, Arts.29 -32

Capítulo III: Del Director de la BUC

Art. 29.- El Director de la BUC será nombrado por el Rector entre funcionarios pertenecientes al Cuerpo o Escala de Facultativos de Biblioteca.

Art.-30.- El Director de la Biblioteca ejerce la dirección técnica de la misma y es el responsable del funcionamiento de este servicio. Podrá ser asistido por uno o varios subdirectores.

Art.31.- El Director de la Biblioteca es miembro nato de la Comisión de Biblioteca de la Universidad, en la que actúa como Secretario, para cuya función podrá ser auxiliado por el Secretario Técnico de la Biblioteca.