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Pedro de Miguel Asensio comenta el art. 35 del Borrador de la Ley de la Ciencia

Puesto el 2 de Marzo de 2010 a las 12:38

Acceso abierto

El Catedrático de Derecho Internacional Privado D. Pedro de Miguel Asensio, uno de los investigadores de nuestra Facultad más comprometido con la difusión en acceso abierto, realiza en su blog un análisis del art. 35 del Borrador del Anteproyecto de Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

 

Efectivamente, la obligación afectaría exclusivamente a aquellos resultados de investigaciones "concretas" financiadas en su totalidad con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y, exclusivamente a la difusión a través de publicaciones de carácter periódico es decir, artículos en revistas científicas, dejando aparte la difusión a través de otras tipologías documentales como las monografías atendiendo quizá más a la cultura de difusión de las áreas de Ciencia y Tecnología que a las Ciencias Sociales y Humanas tendencia que se refleja igualmente en la evaluación de la actividad investigadora.

 

Y ello con el objetivo no solo de hacer un seguimiento y valoración de la rentabilidad de la inversión que el Estado  realiza en Investigación sino de racionalizar el acceso a sus resultados y asegurar su transferencia final a la sociedad, objeto final de la inversión.

 

El Prof. de Miguel Asensio señala la subordinación que supone el apartado 5 del art. 35 del Borrador en el sentido de que el mandato de poner en acceso libre los resultados de la investigación está supeditado a la posible cesión por parte del autor en favor de la entidad editora de los derechos de distribución de su trabajo. Las restricciones en este sentido impuestas por la editorial prevalecen sobre la obligación que menciona la norma lo que, como señala el Prof. de Miguel Asensio, hace necesaria una definición explícita por parte de estas entidades de sus políticas de la difusión en repositorios abiertos de los trabajos aprobados para su publicación que eviten  dudas y temores en muchas ocasiones causa de reticencias en los autores.

 

En este punto cabe mencionar la existencia de sendas iniciativas a nivel internacional, la base de datos Sherpa Romeo y a nivel nacional, el Proyecto Dulcinea (este último mucho menos desarrollado) en los que las principales entidades editoras de ámbito científico de todo el mundo definen sus condiciones a los autores ante la difusión en abierto de los trabajos que publican.

 

Aportaciones como las de Pedro de Miguel enriquecen el debate sobre el acceso abierto en ocasiones demasiado constreñido al ámbito bibliotecario e institucional y necesitado de la perspectiva de uno de sus agentes esenciales, el autor.

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