Biblioteca Complutense

Criterios de evaluación en Biomedicina

Criterios generales

  • Presentar cinco aportaciones en el currículum vitae abreviado. Excepcionalmente, el número de aportaciones podrá ser inferior si los trabajos tienen una extraordinaria calidad y han tenido una alta repercusión científica y técnica.
  • Las aportaciones sólo serán valorables si significan progreso real del conocimiento. No se valorarán los trabajos meramente descriptivos o las reiteraciones de trabajos previos, excepto en los caos en que contribuyan claramente a la consolidación del conocimiento.
  • Para que una aportación sea considerada, el solicitante deberá haber participado activamente en los trabajos que le dieron origen, concretando su aportación específica a los mismos en los casos de multiautoría.
  • Todas las aportaciones deberán estar publicadas en los años que se someten a evaluación. No se tendrán en cuenta las publicaciones aceptadas o en proceso de edición. La existencia de un identificador DOI asociado a una publicación con edición digital e impresa no significa que el artículo esté ya publicado en ese segundo formato, teniéndose por válidas y definitivas las fechas que figuren en el volumen impreso.
  • Las evaluaciones únicas solicitadas se valorarán ajustando los criterios específicos al estado de la ciencia y de la técnica en España en los años en que se realizaron los trabajos.
  • Como paso previo a su valoración se establecerá si cada aportación es adecuada a la convocatoria, utiliza un medio de difusión apropiado y muestra responder a una línea de investigación coherente.

 

Criterios para el Campo 4. Ciencias Biomédicas

  • Todas las aportaciones deberán ser clasificables como ordinarias. Las solicitudes que presenten patentes podrán ser valoradas, previo informe del comité, por el Campo de Ingenierías y Arquitectura o por el tramo de Transferencia.
  • El número de autores deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión.
  • Se valorarán los artículos publicados en revistas de reconocida valía, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en el listado correspondiente a su categoría científica en el “Journal Citation Reports (JCR) Science Edition”. Las revistas electrónicas se considerarán cuando aparezcan indexadas en el JRC Science Edition. Los artículos deberán estar publicados en revistas que pertenezcan a las categorías o áreas científicas del Campo de Ciencias Biomédicas.
  • En la evaluación de los libros y capítulos de libros, si procede, se tendrá en cuenta el prestigio internacional de la editorial, los editores, la colección en la que se publica la obra, y las reseñas recibidas en las revistas científicas especializadas.
  • En las patentes se valorará si están en explotación, demostrada mediante contrato de compraventa o contrato de licencia. Respecto a patentes concedidas sin estar en explotación, sólo se valorarán si la concesión se ha llevado a cabo con examen previo. Se tendrá en cuenta la extensión de la protección de la patente (nacional, europea, internacional).
  • Como norma general no se considerarán como aportaciones ordinarias: los casos clínicos, las comunicaciones a congresos las cartas al editor y todas aquellas aportaciones que no tengan una extensión mínima, que no aporten contribución original al conocimiento o que no hayan tenido impacto relevante en la comunidad científica, como notas o discusión de otros artículos.
  • Con carácter orientador y no excluyente, se deben cumplir, al menos, alguno de los siguientes requisitos:

-   Dos artículos publicados en revistas situadas en el primer cuartil, junto con tres en el segundo cuartil.

-   Tres artículos publicados en revistas situadas en el primer cuartil, junto con uno en el segundo cuartil y otro en el tercer cuartil.

-   Cuatro artículos publicados en revistas situadas en el primer cuartil, junto con otro de nivel menor.