Biblioteca Complutense

Transferencia del conocimiento e innovación

La evaluación de la Transferencia del Conocimiento e Innovación a las empresas o a otros agentes sociales tiene como objetivo incentivar la difusión de los resultados de la investigación.

Esta evaluación se podrá aplicar a todas las áreas del conocimiento.

Se regirá por las siguientes consideraciones generales:

  • Se constituye como un proyecto piloto que sustituye al anterior Campo 0.
  • Su proceso de evaluación es complementario al tramo de investigación resuelto anualmente por la Comisión Nacional de la Evaluación de la Actividad Investigadora, siendo el primer periodo de evaluación estipulado también de 6 años.
  • Se considerará necesario haber obtenido previamente la evaluación positiva de un sexenio en alguno de los campos científicos incluidos en la evaluación de la actividad investigadora.
  • Aquellos profesores o investigadores que no obtuviesen un resultado favorable para el periodo presentado podrán, de nuevo, solicitar la evaluación de este mismo tramo por una única vez en la siguiente convocatoria en el campo de Transferencia del Conocimiento e Innovación.
  • Para obtener una evaluación positiva deberán presentarse cinco aportaciones en el currículum vítae abreviado. Excepcionalmente, el número de aportaciones podrá ser inferior si los trabajos tienen una extraordinaria calidad y han tenido una alta repercusión.
  • Para que una aportación sea considerada, el solicitante deberá haber participado activamente en los trabajos que le dieron origen, concretando su aportación específica a los mismos en los casos de multiautoría.
  • Las valoraciones solo serán consideradas si se trata de la transferencia a agentes sociales y económicos de resultados de calidad fehaciente desarrollados por el solicitante.
  • Entre las aportaciones, se valorarán preferentemente:

-    Transferencia a través de la formación de investigadores.

-    Transferencia del conocimiento propio a través de actividades con otras instituciones.

-    Trasferencia generadora de valor económico.

-    Transferencia generadora de valor social.

  • Con carácter orientador, se considera que para alcanzar una evaluación positiva se deberán presentar aportaciones de calidad contrastada encuadradas en, al menos dos de los anteriores apartados.