Biblioteca Complutense

Pensamiento filosófico de Francisco Suárez

Francisco Suárez fue el representante más destacado de la escolástica del s. XVI. Sus contribuciones teológicas y filosóficas son muy amplias y afectan a casi todos los problemas tratados por los escolásticos de la época, destacándose, entre otros, su sistematización de la metafísica y su filosofía jurídica y política.

Surgió una escuela que se conoce con su nombre, Suarismo, seguidora del pensamiento de Tomás de Aquino, en varios puntos no concordante con el resto de los tomistas. Es de especial relevancia su consideración del modo de existencia en la relación criatura-Creador que, por ser esencial, fundamenta una razón última y suficiente. 


Filosofía política  y jurídica

El pensamiento político de Suárez y su teoría legal se desarrolla principalmente en dos obras: De legibus ac Deo legislatore (1612) y Defensio Fidei Catholicae (1613), ambas fueron motivadas por el cargo de Felipe III en respuesta a la controversia que tuvo lugar entre el papa Pablo V y Jacobo I sobre la condición y legitimidad de un posible movimiento hacia la autonomía del poder real en relación con el poder espiritual. Estas dos obras son decisivas para comprender el establecimiento de algunos conceptos fundamentales en la teoría clásica política del s. 17 (especialmente en las escuelas de ley natural, particularmente las teorías de Grotio, Pufendorf y Burlamaqui)

Su noción de ley es un precepto común, justo y estable, suficientemente promulgado. Suárez se ocupará de la sociedad en la que esa ley debe cumplirse “…frente a la familia como sociedad embrionaria e imperfecta, hay que estudiar la sociedad civil o política como sociedad perfecta. Una sociedad que no tiene como fin formar hombre buenos, sino convertir a los hombres en buenos ciudadanos en la vida temporal, persiguiendo de consuno el bien común en justicia y en paz… para que esta sociedad se pueda desarrollar y cumplir sus fines, se hace preciso contar con la autoridad legítima con capacidad para legislar y de hacer cumplir la ley…¿quién es el depositario de la autoridad?...esa autoridad ha sido dada por Dios al pueblo o a la sociedad como su depositaria primigenia[1]

Partiendo de Santo Tomás de Aquino, Suárez trata de cuestiones jurídicas como teólogo: toda ley deriva de Dios, pero las leyes humanas no son las mismas que las divinas, éstas están encaminadas a la prescripción de los fines propios de la comunidad humana como sociedad de seres racionales que pueden actuar de diversos modos: justa o injustamente. Sólo con relación a las comunidades humanas puede hablarse de leyes, promulgadas por el legislador que le hace plantearse  quién es el legislador: el legislador supremo es Dios y la legislación humana participa en la divina, pero no es idéntica a ésta. Desarrolla los conceptos de ley natural, ius gentium (ley de las naciones) y la ley civil, cada una de ellas da lugar a un derecho propio. La ley natural, no divina,  participa de su universalidad y su eternidad. La ley de las naciones no es divina ni natural, es positiva y humana y posee la universalidad que les dan las costumbres. La ley civil es humana y positiva, posee una cierta universalidad pero está encaminada al bien común de cada comunidad, idea similar a la del “contrato social”. Desarrolla la cuestión del origen y legitimidad del poder civil. El monarca detenta el poder no de modo absoluto y arbitrario, sino por delegación basada en el consentimiento, justifica la revuelta cuando el monarca abusa del poder que legalmente detenta y se convierte en un tirano usando su poder para su propio fin y no para el bien común.

Filosofía

La importancia de Suárez está en el hecho de que fue el primero en erigir un cuerpo sistemático metafísico al tiempo que la gente parecía querer algo más que una serie de comentarios aristotélicos, una retórica filosófica como la de Petrus Ramus (Pierre de la Ramée) o un vago escepticismo filosófico[2].  La metafísica se convertía epistemológicamente en autónoma[3]

El libro que recoge su filosofía son las Disputaciones Metafísicas, obra gigantesca. Aún siendo el último gran sistematizador del pensamiento escolástico, es, al mismo tiempo, precursor de orientaciones y temas de innegable presencia en el pensamiento moderno del s. XVII[4]

Su tarea filosófica es ante todo metafísica. “Una metafísica en la que, como en un océano, desembocan todas las corrientes y escuelas, con sus correspondientes problemas y con los diversos planteamientos de los mismos desde Aristóteles hasta autores contemporáneas a él. Tiene clara conciencia de que es depositario de una rica y plural tradición[5]. Más de 200 autores aparecen en su obra citados y con referencia a las obras de éstos. Suarez analiza y discute sus teorías y argumentos respetuosamente. Destaca entre estos autores Aristóteles con 1735 citas, en las Disputaciones hay un amplio Índice detallado de su Metafísica, en el que se exponen ordenadamente sus libros y capítulos, con un resumen de ellos y esboza todas las cuestiones que suelen discutirse junto a los pasajes de la obra que se estudia. Sigue de lejos Sto. Tomás de Aquino, Platón, filósofos árabes, tomistas, escotistas, nominalistas, autores del Renacimiento, maestros de Salamanca… Las Disputaciones no son sólo una obra de erudición. Se analizan los problemas desde sus perspectivas y enfoques más importantes y Suárez hace una síntesis personal de la que no hay antecedente en la historia[6]

Para María Mercedes Bergadá, Francisco Suárez “Se encontró con las tres corrientes que se habían definido dentro de la escolástica: el tomismo, el escotismo y el nominalismo ockamista. Y halló además un método: el de la escolástica decadente que no salía de sus "lecturas" y comentos de los textos consagrados[7]. Influyó en Leibniz en el que su tesis Sobre el principio de individuación está inspirada totalmente en Suárez; lo leyeron Descartes, Schopenhauer, Spinoza, Wolff, Vico, Berkeley, Hume, dejando huellas en sus respectivos sistemas, e influyó en los pensadores protestantes Weltheim y Heerboord.

Para esta misma autora en las aportaciones de Suárez hay tres principales rasgos de originalidad y “positivo progreso”: la Filosofía del ser y de la contingencia, la filosofía de la existencia y la filosofía del individuo concreto



[1] Rábade Romeo, S. (1997). Francisco Suarez : (1548-1617) ([1a. ed.] ed.). Madrid: Ediciones del Orto., p. 46-47

[2] Ferrater Mora, J. (1953). Suárez and modern philosophy. Journal of the History of Ideas, 14(4), 528-547. , p. 531

[3] Ferrater Mora, J. (1953). Suárez and modern philosophy. Journal of the History of Ideas, 14(4), 528-547. , p. 535

[4] Rábade Romeo, S. (1997). Francisco Suarez : (1548-1617) ([1a. ed.] ed.). Madrid: Ediciones del Orto., p. 48

[5] Rábade Romeo, S. (1997). Francisco Suarez : (1548-1617) ([1a. ed.] ed.). Madrid: Ediciones del Orto., p. 48

[6] Rábade Romeo, S. (1997). Francisco Suarez : (1548-1617) ([1a. ed.] ed.). Madrid: Ediciones del Orto.,p. 49

[7] Bergadá, M. M. (1950). El aporte de Francisco Suárez a la filosofía moderna. (pp. 1921-1926). Buenos Aires: Universidad Nacional de Cuyo., p. 1922



Jacobo I y Pablo V
Jacobo I y Pablo V

Felipe III
Felipe III